Ya se encuentra en vigencia la Ley General para el Control del Tabaco, por lo que, entre otras cosas, se prohíbe fumar en espacios públicos, en lugares de convivencia, entre otros, también se prohíbe absolutamente mostrar, directa o indirectamente, cualquier tipo de publicidad de productos de tabaco, estos no deben ser visibles para los consumidores en tiendas o supermercados en toda la República Mexicana.

Estas restricciones regirán a partir del 15 de enero y a nivel nacional, esto con el objetivo de proteger la salud de los ciudadanos, pero sobre todo proteger la salud de los menores de edad como así como evitar que comiencen a fumar temprano.

Esta ley también reducirá el número de lugares para fumadores ya que se ampliarán las áreas sin humo de cigarrillo. qué se debe evitar fumar en el lugar de trabajo, escuelas, hoteles, estadios, centros comerciales, transporte público, lugares donde se realicen espectáculos, así como playas, parques o lugares frecuentados por niños y jóvenes ampliar los espacios libres de humo, por cumplimiento de la normatividad, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), teléfono 800-033-5050, será la encargada de denunciar a los fumadores que no respeten la prohibición de fumar.

Respecto a la venta de tabaco, no se puede realizar ningún tipo de publicidad de venta de cigarros y no se pueden exhibir las cajetillas, por lo que cuando se soliciten estos productos se deberá mostrar una lista vacía y negra de marcas y precios de cajetillas. Quien no cumpla con esta ley será multado de 10 a 30 UMA, es decir de 1.000 a 3.112 pesos.

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Por ADX

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