De acuerdo con el Gobierno del Estado de México, en 2023 los empleados de los diversos sectores que lo conforman y las organizaciones de ayuda tendrán 10 días libres adicionales a los cuatro periodos de vacaciones fue publicado y definido en la Gaceta de Gobierno del Estado de México.

Son días inhábiles los siguientes:
1 de enero: inicio del año 2023
6 de febrero: conmemorativo
5 de febrero, aniversario de la promulgación de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos 2 de marzo: conmemorativo del aniversario de la fundación del estado de México.
21 Marzo: Para conmemorar el natalicio de Benito Juárez García.
1 de mayo: Día del Trabajo.
5 de mayo: Conmemoración del aniversario de la Batalla de Puebla.
16 de septiembre: Aniversario del inicio de la independencia de México.
2 de noviembre: Día de Muertos.
20 Noviembre: Conmemora el aniversario del inicio de la Revolución Mexicana.
25 de diciembre: Navidad.
Mientras que los periodos vacacionales son los siguientes: 2 al 4 de enero, 3 al 7 de abril, 24 al 28 de julio y 20 de diciembre de 2023 al 4 de enero de 2024.
El documento establece que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 24, fracciones XXXIII y LXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; el artículo 70 del Código del Trabajo de los Funcionarios Estatales y Municipales; 12 del Código de Procedimiento Administrativo del Estado de México; 123 de la Ordenanza sobre Condiciones Generales de Trabajo de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo; y 7 fracciones I y XI inciso J del Reglamento de la Secretaría de Hacienda, se emitió el siguiente acuerdo para establecer el calendario.

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Por ADX

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