Vinculan a proceso a dos hombres por desaparición de menor en Naucalpan
**Toluca, Estado de México, 17 de octubre de 2025** – La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) obtuvo la vinculación a proceso contra Gabriel Rafael «N» y Paulo Alberto «N», presuntos responsables de la desaparición de una adolescente de 16 años, identificada como K.H.M.G., ocurrida en el municipio de Naucalpan.
Durante una audiencia celebrada este jueves en los juzgados de Tlalnepantla, un juez de control determinó la vinculación a proceso de ambos imputados por el delito de desaparición cometida por particulares. Gabriel Rafael «N» fue enviado a prisión preventiva justificada por un plazo de 57 años, mientras que a Paulo Alberto «N» se le impuso una medida similar por 36 años, como parte de las investigaciones por su probable participación en el secuestro de la menor.
Tras analizar los datos de prueba recabados y expuestos por el Agente del Ministerio Público, la Autoridad Judicial resolvió la vinculación a proceso de ambas personas por el delito de desaparición cometida por particulares. De acuerdo con los hechos, el pasado 2 de octubre, la víctima caminaba sobre el Callejón Filomeno Mata, entre el Callejón Diagonal Minas, en la colonia San Rafael Chamapa de Naucalpan, cuando fue interceptada por los acusados.
Presuntamente, en ese momento, Gabriel Rafael «N» conducía un vehículo marca Volkswagen, tipo sedán, color gris, en el que Paulo Alberto «N» viajaba como copiloto. Ambos sometieron a la adolescente y la subieron a la unidad sin su consentimiento, llevándola hacia un lugar desconocido y negándole información sobre su destino o ubicación.
El delito de desaparición cometida por particulares está sancionado en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, con penas de hasta 25 o 50 años de prisión si la víctima es un niño o adolescente, mujer, mujer embarazada, persona con discapacidad o persona adulta mayor, según los artículos 32, fracción I, II, III y IV de dicha ley.
A los detenidos se les debe considerar inocentes en tanto no se emita una sentencia condenatoria en su contra. La FGJEM reitera su compromiso con la procuración de justicia en casos de alto impacto social, como las desapariciones, y pone a disposición los canales de denuncia para cualquier información adicional.